Liquidación de la Sociedad Conyugal

 

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Cuando el divorcio se tramita contencioso, es necesario que se tramite un procedimiento independiente para la liquidación de la sociedad conyugal. Este procedimiento consta de dos fases: la primera, denominada “de formación de inventario”, trata de determinar los bienes y deudas que componen la sociedad conyugal.

Y la segunda, propiamente de liquidación, es en la que se procede al reparto de los bienes y deudas, lo que se lleva a cabo con la intervención de un perito nombrado por el Juzgado denominado “contador-partidor”, quien a su vez se apoya en otros peritos que se encarga de nombrar para la valoración de los bienes.

 

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